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Iniciativa amplía protección para niñez, embarazadas, mayores y personas discapacitadas

 Ciudad de México, 29 de abril de 2021.— La protección de personas que dependen de terceros para cubrir necesidades esenciales es el eje de una reforma penal y de asistencia social impulsada por el senador poblano Alejandro Armenta.


El proyecto distingue entre alejarse físicamente de una persona y omitir de manera cotidiana los cuidados que necesita, conducta que puede causar daños graves aunque el responsable permanezca en el mismo domicilio.


Las personas o sectores directamente alcanzados por la propuesta serían los siguientes: la protección abarcaría a menores de edad, personas con discapacidad, mujeres durante el embarazo y adultos mayores que no puedan cuidarse por sí mismos, además de población en situación de calle o abandono.


La iniciativa adiciona el artículo 335 Bis del Código Penal Federal y modifica diversos apartados de la Ley de Asistencia Social para ampliar la protección de grupos en condición de dependencia o desamparo.


El texto propone que la autoridad vigile el cumplimiento de los deberes de cuidado y disponga tratamiento psicológico; si la omisión persiste pese a que el responsable puede cumplir, contempla una pena de uno a tres años de prisión.


La iniciativa no convierte automáticamente toda carencia en delito y distingue entre la imposibilidad económica y el incumplimiento deliberado de quien sí tiene medios para proporcionar atención.


El planteamiento busca que la protección de las personas vulnerables combine responsabilidad de los cuidadores, intervención temprana y servicios públicos capaces de evitar un mayor daño.


Fuentes: Gaceta del Senado de la República e iniciativa de adición del artículo 335 Bis del Código Penal Federal y reformas a la Ley de Asistencia Social, 29 de abril de 2021.